martes, 14 de diciembre de 2010

Senado aprueba cambios al juicio de amparo...

Martes 14 de diciembre de 2010 Carlos Avilés y Ricardo Gómez | El Universal

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El Senado aprobó una reforma que modifica el juicio de amparo para permitir que por esta vía se puedan proteger no sólo las garantías contempladas en la Constitución, sino también las establecidas en los tratados internacionales suscritos por México.
La reforma, que cambia la Constitución, también permitirá que cuando la Suprema Corte de Justicia anule una ley, ésta no se pueda aplicar a nadie. Actualmente, cuando se ampara a alguien, el beneficio es sólo para quien promovió el juicio, y una ley, aunque sea inconstitucional, se puede seguir aplicando a todos.
Según el constitucionalista y académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Édgar Corzo, la modificación trastoca y da forma a “un nuevo juicio de amparo”, porque amplía la esfera de protección de la población.
Pero, en especial, porque busca acabar con el elitismo con que se maneja este tipo de juicios, en donde sólo los que tienen recursos pueden acudir a defender sus derechos.
Los senadores modificaron, adicionaron y derogaron disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución. La minuta fue recibida de la Cámara de Diputados y se turnó a los estados para su ratificación o rechazo.
Cuando exista jurisprudencia reiterada y hayan transcurrido 90 días, y la autoridad no la corrija, la Corte podrá hacer una declaratoria de inconstitucionalidad que tendrá validez general o colectiva.
Se elimina el requisito de declaración de procedencia para que la Corte pueda separar a la autoridad y consignarla ante el juez de distrito por incumplimiento no justificado de sentencias de amparo.
Además, los juicios de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad se substanciarán y resolverán de manera prioritaria cuando alguna de las cámaras o el Ejecutivo federal, justifique la urgencia atendiendo al interés social o al orden público.
Los cambios permiten a la Corte separar de su cargo a la autoridad que incumpla la sentencia que concedió el amparo, y lo pondrá a disposición de un juez. (Con información de Horacio Jiménez)

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